La compraventa de participaciones sociales es un procedimiento mediante el cual se transmite la propiedad de una parte del capital de una sociedad limitada (SL). Este tipo de operación es común cuando los socios desean vender su participación en la empresa o cuando un nuevo inversor quiere incorporarse a la sociedad.
En este artículo, te explicamos en qué consiste la compraventa de participaciones sociales, los requisitos legales y los pasos a seguir para realizar la operación correctamente.
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📌 Ver Sociedades Disponibles¿Qué son las participaciones sociales?
Las participaciones sociales son las unidades indivisibles en que se divide el capital social de una sociedad limitada (SL). Cada participación representa la cuota de propiedad y derechos que un socio tiene dentro de la empresa, incluyendo su derecho a voto, a beneficios y a la información.
A diferencia de las acciones en una sociedad anónima (SA), las participaciones sociales no son libremente transmisibles. Su venta o transmisión está sujeta a ciertas restricciones legales y estatutarias, como el derecho de adquisición preferente por parte de los socios existentes, o la necesidad de autorización previa por la Junta General.
Este régimen restringido de transmisión tiene como objetivo proteger el carácter cerrado y personalista de la SL, permitiendo a los socios controlar la entrada de nuevos partícipes y preservar el equilibrio interno de la sociedad. Así, cualquier proceso de compraventa de participaciones sociales requiere un análisis previo de los estatutos y el cumplimiento de requisitos formales establecidos por la Ley de Sociedades de Capital.
Requisitos para la compraventa de participaciones sociales
Antes de llevar a cabo una compraventa de participaciones sociales en una sociedad limitada (SL), es imprescindible cumplir con una serie de requisitos legales y estatutarios que aseguren la validez de la operación y eviten conflictos futuros entre socios o con terceros. A continuación, se detallan los principales aspectos a considerar:
📌 1. Verificación de estatutos y pactos de socios
La transmisión de participaciones sociales puede estar condicionada por restricciones contenidas en los estatutos sociales o en un pacto de socios. Es fundamental revisar estos documentos para detectar:
- Cláusulas de limitación a la libre transmisión.
- Condiciones especiales para vender a terceros.
- Posibles requisitos de preaviso o forma de comunicación a los demás socios.
📌 2. Derecho de adquisición preferente
En la mayoría de las SL, los socios existentes tienen derecho preferente de adquisición sobre las participaciones que se pretendan transmitir. Este derecho, regulado en el artículo 107 de la Ley de Sociedades de Capital, permite a los socios comprar las participaciones antes de que se ofrezcan a un tercero. Si este derecho no se respeta, la transmisión podría ser anulada judicialmente.
📌 3. Aprobación por la junta de socios
Algunos estatutos sociales establecen que la Junta General debe aprobar la transmisión cuando el comprador es ajeno a la sociedad. Esta medida busca proteger el equilibrio interno de la empresa y evitar la entrada de socios no deseados.
📌 4. Formalización en escritura pública
Aunque en ciertos casos no es estrictamente obligatoria, se recomienda que la compraventa de participaciones se formalice mediante escritura pública ante notario. Esta formalización:
- Aporta seguridad jurídica.
- Permite la inscripción del nuevo socio en el Libro Registro de Socios.
- Facilita trámites posteriores ante Hacienda, notarios o el Registro Mercantil.
- Evita controversias sobre la validez de la transmisión.
Pasos para la compraventa de participaciones sociales
La venta de participaciones sociales en una sociedad limitada (SL) debe seguir un procedimiento claro para que la transmisión sea válida y esté correctamente documentada a nivel legal, mercantil y fiscal. A continuación, detallamos los pasos más habituales en este tipo de operaciones:
1. Notificación a los socios y a la sociedad
El socio vendedor debe comunicar su intención de transmitir sus participaciones a los demás socios y a la sociedad. Este aviso permite que se ejerza el derecho de adquisición preferente, regulado en los estatutos sociales o en el artículo 107 de la Ley de Sociedades de Capital, en caso de que el comprador sea un tercero ajeno.
2. Acuerdo de compraventa
Las partes vendedor y comprador deben pactar los términos esenciales de la operación, incluyendo:
- Precio de las participaciones.
- Forma de pago (transferencia, pagos aplazados, etc.).
- Posibles garantías o condiciones suspensivas.
Este acuerdo puede constar en un borrador o contrato preliminar, especialmente si hay condiciones a cumplir antes de la transmisión efectiva.
3. Firma del contrato de compraventa
Una vez alcanzado el acuerdo definitivo, se procede a la firma del contrato de compraventa de participaciones sociales. Este contrato puede formalizarse:
- En documento privado (válido, pero menos recomendable).
- O, preferiblemente, en escritura pública ante notario, lo cual proporciona seguridad jurídica, facilita su uso ante terceros (bancos, Hacienda, etc.) y permite la inscripción sin incidencias.
4. Inscripción en el Libro Registro de Socios
La sociedad debe registrar la transmisión en su Libro Registro de Socios, indicando:
- Datos del nuevo socio.
- Número de participaciones adquiridas.
- Fecha de la transmisión.
Este paso es esencial para que la compraventa sea oponible frente a terceros, especialmente en caso de conflicto societario o venta posterior.
5. Comunicación a Hacienda y modelo 600
La operación puede estar sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), en función del contenido y si existe contraprestación económica. Para ello, se presenta el modelo 600 ante la Agencia Tributaria autonómica. Aunque muchas transmisiones están exentas (por ejemplo, si no se transmiten bienes inmuebles o elementos afectos), es obligatorio presentar el modelo, incluso cuando no hay ingreso tributario.
Fiscalidad de la compraventa de participaciones sociales
La compraventa de participaciones sociales puede tener consecuencias fiscales relevantes, tanto para el vendedor como para el comprador, y varían en función de si las partes son personas físicas o jurídicas. A continuación, se detallan los principales impuestos implicados en este tipo de operaciones:
📌 1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Cuando el vendedor es una persona física, la ganancia generada por la venta de las participaciones se considera una ganancia patrimonial y debe declararse en el IRPF, dentro del apartado de rendimientos del capital mobiliario.
- La tributación se aplica sobre el beneficio neto, es decir, la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión.
- El tipo impositivo varía entre el 19 % y el 28 % (según el tramo de ganancia en el ejercicio fiscal vigente).
📌 2. Impuesto sobre Sociedades
Si quien transmite las participaciones es una persona jurídica (una sociedad), la ganancia obtenida se incluye en su base imponible del Impuesto sobre Sociedades, como un ingreso ordinario. Esto se aplica tanto si se trata de una operación puntual como si forma parte de la actividad habitual de la empresa.
📌 3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
En general, la transmisión de participaciones sociales entre personas físicas está exenta del ITP, siempre que se trate de sociedades mercantiles ordinarias sin bienes inmuebles afectos.
❗ Sin embargo, puede surgir tributación por ITP cuando:
- La sociedad transmitida posee activos inmobiliarios relevantes.
- Se transmite el control efectivo de una entidad cuyo principal activo son bienes inmuebles.
- Existen condiciones que encajen con lo establecido en el artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores.
En estos casos, será obligatorio presentar el modelo 600 ante la Agencia Tributaria autonómica correspondiente, aunque no siempre se genere cuota a ingresar.
¿Por qué formalizar la compraventa con asesoramiento profesional?
La compraventa de participaciones sociales al igual que al acta de titularidad es un proceso que puede implicar restricciones legales y fiscales que deben ser correctamente gestionadas. Contar con asesoramiento especializado garantiza que la operación se realice conforme a la normativa vigente y con plena seguridad jurídica.
Si necesitas vender o comprar participaciones sociales de una sociedad, contáctanos y te ayudaremos a gestionar todo el proceso de manera rápida y segura.
Preguntas frecuentes sobre la compraventa de participaciones sociales
¿Qué es la compraventa de participaciones sociales?
La compraventa de participaciones sociales es el proceso mediante el cual un socio transmite, a título oneroso, sus participaciones de una sociedad limitada a otra persona física o jurídica. Esta operación debe respetar los requisitos de la Ley de Sociedades de Capital.
¿Cómo se realiza la compraventa de participaciones en una sociedad limitada?
La compraventa de participaciones en SL se formaliza mediante contrato privado y elevación a escritura pública. Posteriormente, debe inscribirse en el libro registro de socios de la sociedad y, en su caso, comunicarse a Hacienda.
¿Qué impuestos afectan a la venta de participaciones sociales?
La venta de participaciones sociales está sujeta principalmente al IRPF para personas físicas y al Impuesto sobre Sociedades para personas jurídicas. Normalmente está exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
¿Qué requisitos legales existen para vender participaciones sociales?
Para vender participaciones sociales es necesario respetar los estatutos sociales, informar a la sociedad y, en su caso, obtener la aprobación de la junta general si existe derecho de adquisición preferente.
¿Qué debe contener un contrato de compraventa de participaciones sociales?
El contrato de compraventa de participaciones debe incluir los datos de comprador y vendedor, número y valor de las participaciones, precio, forma de pago, garantías y posibles cláusulas adicionales.
¿Se necesita escritura pública para vender participaciones sociales?
Sí, la venta de participaciones sociales requiere elevar a escritura pública el contrato de compraventa y posteriormente inscribir la transmisión en el libro registro de socios.
¿Cómo se calcula el precio de venta de las participaciones sociales?
El precio de venta de participaciones sociales se pacta libremente, aunque suele basarse en el valor contable de la empresa, su patrimonio neto o una tasación independiente acordada entre las partes.
¿Qué diferencia existe entre venta de acciones y venta de participaciones sociales?
La venta de acciones corresponde a sociedades anónimas, mientras que la venta de participaciones sociales se refiere a sociedades limitadas. La transmisión de participaciones suele tener más restricciones legales para proteger a los socios actuales.
¿Qué modelo de contrato de compraventa de participaciones se utiliza?
El modelo de contrato de compraventa de participaciones sociales suele ser un documento privado que recoge todos los aspectos relevantes de la operación. Puede adaptarse según las necesidades y particularidades de cada sociedad.
¿Qué pasos seguir tras firmar la compraventa de participaciones sociales?
Una vez firmada la compraventa de participaciones sociales, se debe elevar a escritura pública, actualizar el libro registro de socios e informar a la administración tributaria si procede.
¿Se puede hacer una compraventa de participaciones sociales sin notario?
No, la compraventa de participaciones debe formalizarse mediante escritura pública notarial para que tenga efectos frente a terceros y para su correcta inscripción en el libro registro de socios.
¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Transmisiones en la venta de participaciones sociales?
En general, la venta de participaciones sociales está exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Sin embargo, si más del 50% del activo de la sociedad está compuesto por bienes inmuebles, puede ser exigible.